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Protecciones federales y estatales

  • Título VII
    • Prohíbe la discriminación laboral por motivos de sexo
  • Título IX
    • Prohíbe la discriminación sexual en entornos educativos que reciben fondos federales
  • Regulación de HUD y Acgt de Vivienda Justa
    • Prohíbe la discriminación sexual en las viviendas públicas (incluidos los refugios)
  • Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio – 1557
    • Provisión de no discriminación de seguro médico y atención médica: la regla de mayo de 2016 protege de manera integral a las personas transgénero.

Derechos de vivienda

  • NY permite que las personas LGBTQ y las parejas del mismo sexo adopten.
    • El Centro (www.gaycenter.org)
    • Tienes que creer (www.yougottabelieve.org)
  • El estado de Nueva York no requiere una cirugía de reasignación de género para cambiar los marcadores de género u obtener un nuevo certificado de nacimiento.
  • 6 de febrero de 2016: el gobernador Cuomo promulgó una serie de regulaciones para prevenir el uso de la terapia de conversión en menores LGBT. Prohíben que las aseguradoras de salud públicas y privadas cubran la práctica en el estado de Nueva York y también prohíbe que las instalaciones de salud mental realicen la práctica en menores en el estado de Nueva York.
  • La Legislatura del Estado de Nueva York votó el 15 de enero de 2019 para prohibir la terapia de conversión en menores y se espera que el gobernador la firme.
  • Ley de No Discriminación por Orientación Sexual (SONDA) de Nueva York
  • Ley de no discriminación por expresión de género (GENDA)
  • La Ley de Crímenes de Odio de 2000
  • La Ley de Dignidad para Todos los Estudiantes (DASA)
  • Muchos condados, incluidos Nueva York y Westchester, tienen ordenanzas contra la discriminación que protegen la identidad de género.

Protege contra la discriminación y el acoso por motivos de raza, nacionalidad, religión, sexo, orientación sexual y discapacidad en áreas de:

  • Empleo
    • 4+ empleados, a menos que sean trabajadores domésticos
  • Vivienda
    • Privado o público
  • Educación
    • Solo privado
  • Acceso al crédito
  • Alojamientos públicos

La regulación NYS HRL Trans interpreta explícitamente la Ley de Derechos Humanos del estado de la siguiente manera:

  • El sexo incluye la identidad de género, la expresión de género y la condición de transgénero
  • La discapacidad incluye «disforia de género u otra condición que cumpla con la definición de discapacidad en la Ley de Derechos Humanos
  • Respaldado por decisiones judiciales positivas del Estado de Nueva York que ya consideraban a las personas TGNC protegidas por la HRL
  • ¡No es una orden ejecutiva!

Es ilegal que cualquier persona en el estado de Nueva York sea discriminada en el empleo, la vivienda, el crédito, la educación y las instalaciones públicas debido a su orientación sexual real o percibida. SONDA, en combinación con las leyes que prohíben la discriminación basada en el estado civil, en conjunto prohíben la discriminación contra las parejas del mismo sexo en el empleo, la vivienda, el crédito, la educación y las instalaciones públicas.

  • «Identidad de género» se agrega como una clase protegida en las áreas de vivienda, empleo y alojamiento público.
  • El gobernador Cuomo firmó una orden ejecutiva de 2015 que prohibía la discriminación basada en la identidad de género, y esta legislación solidifica esas protecciones.
  • Esta legislación se ha presentado en la legislatura del estado de Nueva York todos los años desde 2003.
  • (a) selecciona intencionalmente a la persona contra quien se comete o se pretende cometer el delito en su totalidad o en parte sustancial debido a una creencia o percepción con respecto a la raza, color, nacionalidad, ascendencia, género, religión, práctica religiosa , edad, discapacidad u orientación sexual de una persona, independientemente de si la creencia o percepción es correcta, o
  • (b) comete intencionalmente el acto o los actos que constituyen el delito en su totalidad o en parte sustancial debido a una creencia o percepción con respecto a la raza, color, nacionalidad, ascendencia, género, religión, práctica religiosa, edad, discapacidad o orientación de una persona, independientemente de si la creencia o percepción es correcta.

La Ley de Dignidad para Todos los Estudiantes (DASA)
(Ley de Educación de N.Y. Secciones 10-18, 801-a)

  • Prohíbe la discriminación y el acoso de estudiantes por motivos de raza, color, peso, origen nacional, grupo étnico, religión, práctica religiosa, discapacidad, orientación sexual, género o sexo real o percibido por parte de los empleados de la escuela u otros estudiantes en propiedad de la escuela o en una función escolar.
  • Los adultos mayores de 18 años pueden modificar sus actas de nacimiento a «X» siempre que den fe mediante un formulario que el cambio «refleja mi verdadera identidad de género.
  • No es necesaria una nota del médico.